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NORMATIVA — PERÚ

Normativa para impresión de recetarios médicos en Perú 2026

Resumen actualizado de la normativa peruana 2026 para esta categoría. Esta guía es informativa y referencial; la responsabilidad final del cumplimiento legal es del responsable comercial o sanitario del producto.

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⚠ Aviso legal: Esta guía es informativa, basada en normativa peruana vigente al momento de publicación. Verifica con la autoridad correspondiente (Digesa, INDECOPI, DIGEMID, MINCETUR, SUNAT) la versión actualizada antes de tomar decisiones regulatorias.

La impresión de recetarios médicos en Perú está regulada por la Ley General de Salud (Ley 26842), el Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos (DS 014-2011-SA) y normas específicas de DIGEMID para sustancias controladas.

Recetario médico común — datos obligatorios

  • Nombre completo del profesional
  • Especialidad
  • Número de Colegio Médico/CMP
  • Número de RNE (Registro Nacional de Especialista) si corresponde
  • Dirección y teléfono del consultorio o establecimiento
  • Espacios para: nombre del paciente, edad, fecha, diagnóstico CIE-10, prescripción, indicaciones
  • Firma y sello del profesional

Recetario para psicotrópicos y estupefacientes

Sustancias de las Listas IIIA, IIIB y IV del Reglamento DIGEMID (benzodiacepinas, opioides, anfetaminas, etc.) requieren recetario especial:

  • Numeración correlativa
  • Talonario duplicado o triplicado autocopiativo
  • Datos del profesional impresos (no estampados)
  • Sellos de seguridad opcionales
  • Trazabilidad: la imprenta debe estar autorizada por DIGEMID y mantener registro de talonarios producidos por profesional

Recetario de estupefacientes (Lista IIA)

Sustancias de Lista IIA requieren recetario oficial DIGEMID entregado directamente por la autoridad — no se imprime comercialmente. Estos recetarios tienen marca de agua y numeración asignada.

Los precios mostrados son referenciales y pueden variar según material, gramaje, tiraje, formato, acabados y tiempo de entrega. Confirma tu precio final por WhatsApp +51 987 927 188. Disponibilidad y delivery según cobertura.

Preguntas frecuentes

¿Su empaque cumple esta normativa cuando lo producen?
Imprimimos lo que está en el arte. Revisamos el arte antes de imprimir contra checklist de información obligatoria pero la responsabilidad regulatoria final es del fabricante o importador del producto.
¿Pueden orientarme sobre qué información incluir?
Sí. Si nos das el tipo de producto, te orientamos sobre la información obligatoria estándar. Para casos complejos recomendamos asesor regulatorio.
¿Esta guía está actualizada?
Sí, actualizada al 2026. La normativa puede cambiar; consulta autoridad antes de decisiones críticas.

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